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DIGESETT y comerciantes buscan acabar con caos del tránsito en la Moca


Ley autoriza remover vehículos estacionados sobre las aceras

SANTO DOMINGO, R.D.- El director de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), general Frener Bello Arias, se reunió con representantes de los comerciantes de la calle Moca, sector Villa Juana, Distrito Nacional, para socializar y buscar alternativas viales, en beneficio de la colectividad.

En el encuentro efectuado en la sede central de la DIGESETT, se plantearon posibles soluciones a las problemáticas que afectan esa concurrida vía, donde existen, desde hace años, todo tipo de negocios, muchos de ellos ocupando las aceras y, por ende, obstruyendo la libre circulación vehicular y dificultando el paso de los peatones, que se ven obligados a caminar por las calles, poniendo en peligro su vida.
Previo y durante la ejecución de medidas para corregir ese tipo de situación, la DIGESETT realizar estudios o levantamientos y coordinar su accionar con instituciones y comerciantes de la zona.
Desde hace más de un mes, la DIGESETT realiza, de manera gradual, intervenciones en la calle Moca, incluyendo gestiones para la señalización de esa vía.
Igualmente, está orientando e instruyendo a dueños, empleados y clientes, de los diferentes negocios, sobre la organización del tránsito, en esa importante y transitada vía. 
“Solo buscamos garantizar el orden en las vías de tránsito y mejorar los niveles de seguridad, en el mismo tenor, facilitar el desplazamiento eficaz de los ciudadanos que a diario se movilizan por esa calle, para llegar a su lugar de trabajo y sus hogares”, expresó Bello Arias.
Estas acciones son implementadas por la DIGESETT, apegadas a la Ley No. 63-17, sobre Movilidad Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en la República Dominicana.
En su artículo 237, específicamente en su numeral 1, esta ley prohíbe el estacionamiento sobre la acera.
En su artículo 242, la Ley 63-17, autoriza a los agentes de la DIGESETT a remover los vehículos estacionados en violación a las disposiciones establecidas en esa legislación.
La ley, en su artículo 147, prohíbe -igualmente- instalación de negocios en las vías públicas y las aceras.

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