Dan a conocer ‘operaciones tramposas’ de empresas engañaron al fisco

SANTO DOMINGO, R.D.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dio a conocer los detalles sobre la estructura del grupo Tremols Payero, manejadores de las empresas Licores Royal y Bodegas de Iberia, sometidas a justicia por un presunto fraude fiscal que asciende a RD$4,127.5 millones, que con las penalidades e indemnizaciones RD$9 mil 321 mil 700.
Según la DGII el fraude fue detectado a raíz de una investigación realizada al grupo Tremols Payero (Tremols Group).
Agrega que el grupo está integrado por las personas físicas Ramón Rafael Tremols Payero (principal ejecutivo), Eddy Samuel Tremols Payero, Leonardo Antonio Tremols Payero, Hervys Rafael Tremols Payero.
También figuran Daniel de Jesús Tremols Payero, Rafael Alberto Tremols Acosta, Eduardo de Jesús Tremols Cruz, Carmen Adela Tremols Cruz, Maritselly Cruz López, Néstor López Alcántara, Waskar Alberto González Payero y Doris López Urbáez.
La DGII explica que estas personas físicas se valieron del uso de varias sociedades comerciales para realizar las anomalías, entre las que se encuentran Suplidores Generales Dominicanos, S.R.L. (Supligerdom), Licores y Bebidas del País, S.R.L. (LIBEPA), Bodegas de Iberia, S.R.L., Dominican Hotel Register Company, S.R.L. (DOTERCO), Licores y Bebidas Dominicanas, S.R.L. (LIBEDOM), Constructora Aspen, S.R.L, entre otras.
Compras millonarias
Según explica la DGII, la investigación se inicia a través de sus mecanismos de control, al detectar que algunas de las empresas del Grupo Tremols Payero reportaban compras por valores multimillonarios a otras empresas que no tenían una estructura para realizar esas ventas y que no guardaban relación con su actividad económica.
En ese sentido, las investigaciones determinaron que se trataba de compras ficticias que tenían como propósito deducir esos gastos (ficticios) de la renta neta imponible y de esta manera dejar de pagar los impuestos correspondientes.
Agrega que para lograr sus propósitos, utilizaban facturas con Números de Comprobantes Fiscales (NCF) para simular el carácter ficticio de las operaciones, así reportadas.
Esas compañías, según la DGII, no tenían capital de trabajo, patrimonio registrado, no reportaban ingresos significativos y no pagaban impuestos.
Esas empresas, de acuerdo con la DGII tampoco no tenían planilla de personal fijo, no reportaban compras o importaciones que le permitieran justificar la ventas ficticias que realizaban a empresas del Grupo Tremols Payero u otras entidades inoperantes, que por su lado tampoco tenían una estructura para realizar estas operaciones y sus domicilios reportados eran falsos.
La investigación establece que algunos de los propietarios o controladores de las compañías, que teóricamente vendían mercancías a las empresas del Grupo Tremols Payero, admitieron que no tenían relación con estas últimas, que no vendían los productos indicados en las facturas falsas que se producían, que no habían autorizado el uso de sus Números de Comprobantes Fiscales (NCF) para tales operaciones e incluso que sus empresas estaban sin operaciones.
Apunta que la estafa al Estado estaba diseñada de tal manera, que cuando la DGII descubría una de estas compañías en sus actividades ilícitas, las operaciones eran trasladadas de inmediato a otras de las empresas del grupo.
Esta información fue ofrecida a la DGII por “algunas de las empresas con las que sí realizaban operaciones legítimas”.
Los alegados estafadores, señalando que la nueva empresa “es parte de nuestro empresarial y la estaremos utilizando para nuevas órdenes de compra”.
Las conclusiones
La DGII, en sus conclusiones, establece el informe, la conducta del Grupo Tremols Payero implicaba:
– Uso de sociedades fantasmas y NCF no autorizados, y por lo tanto falsos, para simular costos y gastos con la intención de disminuir ilegítimamente los impuestos a pagar (ITBIS e ISR).
– La compra e importación de materias primas, con el fin de producir clandestinamente bebidas alcohólicas destiladas (ron, whisky, licores y vinos) para posterior venta y dejar de pagar el impuesto correspondiente (ISC).
– Presentación de reportes y declaraciones juradas (606, 607) sustentando compras ficticias.
– Obtención de bienes provenientes de actividades ilícitas, ocultamiento de bienes, posesión, administración y utilización de bienes procedentes de delitos precedentes de lavado de activos.