Limpiavidrios, motoristas o parqueadores recibirán hasta 10 años de cárcel por agresión a mujeres
Violencia, amenazas y daños a vehículos podrían enviarlos directo a prisión, advierte jurista Amadeo Peralta

SANTO DOMINGO, R.D.
Las agresiones y daños causados por limpiavidrios, motoristas, mendigos o parqueadores en las vías públicas podrían acarrear penas de hasta 10 años de prisión, dependiendo de la gravedad del hecho y si la víctima es una mujer.
Así lo advirtió el abogado penalista Amadeo Peralta, tras referirse a los últimos incidentes de violencia callejera denunciados en redes sociales y medios de comunicación.
Peralta explicó que la actual legislación dominicana, contenida en el Código Penal de 1884, así como la Ley 5797 sobre propiedad privada, sanciona con severidad este tipo de hechos, y que las penas podrían agravarse en el proyecto de reforma del nuevo Código Penal.
Hasta 2 años por dañar vehículos
Según el artículo 279, del Código Penal, los vagos, limpiavidrios o pordioseros que ejerzan violencia contra una persona pueden enfrentar entre seis meses y dos años de prisión, sin perjuicio de penas mayores si se producen daños materiales o lesiones físicas.
«Cuando un ciudadano vea su vehículo dañado, debe grabar los hechos con su celular y llamar al 911 para que la Policía detenga al agresor en flagrante delito», indicó Peralta. El proceso debe continuar con una querella formal ante el Ministerio Público en un plazo de 48 horas, acompañada de los videos y testigos.
Los Motoristas
El jurista recordó el reciente caso de motoristas que agredieron un vehículo en movimiento en la avenida Winston Churchill, en el Distrito Nacional.
De acuerdo con la Ley 5797 de 1962, los responsables de daños a la propiedad ajena pueden ser condenados a hasta un año de prisión correccional y pagar multas de 25 a 200 pesos, si el ataque es cometido por más de una persona.
Hasta 2 años de cárcel por amenazas
Los artículos 306, 307 y 308, del Código Penal, contemplan penas de seis meses a dos años de prisión y multas para quienes amenacen a ciudadanos en la vía pública, ya sea verbalmente o por escrito, especialmente si estas amenazas están acompañadas de exigencias o condiciones como el cobro forzoso de dinero por parqueo.
“Muchos parqueadores informales amenazan con dañar el vehículo si no se les paga una suma impuesta por estacionarse en plena vía pública. Eso es extorsión y está penalizado por ley”, indicó Peralta.
Si es mujer, la pena sería hasta 10 años
Los actos de violencia o intimidación contra mujeres tienen un agravante penal importante. El artículo 309-1 del Código Penal define como violencia de género cualquier acción física, verbal, psicológica o sexual basada en el género, cometida en el espacio público o privado.
“En estos casos, la pena puede llegar hasta cinco años de prisión si hay amenazas o intimidación. Y si hay daños graves, uso de armas o la presencia de niños, la sanción se eleva a entre cinco y diez años de reclusión mayor, según el artículo 309-3 del Código Penal”, puntualizó.
¿Qué debe hacer una víctima?
Amadeo Peralta recomienda a cualquier conductor que sufra este tipo de hechos:
1. Grabar lo ocurrido, si es seguro hacerlo.
2. Llamar de inmediato al 911 y reportar el incidente.
3. Presentar querella formal ante el Ministerio Público.
4. Aportar videos, testigos y fotos como pruebas.
5. Constituirse en actor civil para exigir reparación de daños.
Las navidades en la “chirola”
“Si se logra identificar y procesar correctamente al agresor, es casi seguro que esos que amenazan, dañan vehículos o agreden mujeres terminarán pasando las navidades en la chirola. Y así, dejarán de joder”, concluyó el jurista de manera tajante.