ADOCCO califica de trascendental la promulgación del nuevo Código Penal

SANTO DOMINGO, R.D.
La Alianza Dominicana Contra la Corrupción (ADOCCO) calificó como un hecho trascendental la promulgación del nuevo Código Penal por parte del presidente de la República, Luis Abinader, destacando su relevancia para fortalecer la lucha contra la corrupción y responder a una demanda histórica de la sociedad dominicana.
En un comunicado, la entidad reconoció la “valentía política” de los presidentes del Senado, Ricardo de los Santos, y de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, así como de los legisladores que respaldaron la aprobación de la ley número 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana.
“Este instrumento marcará un antes y un después en el combate a la corrupción. Es la primera vez que se le dedica un capítulo completo con 25 artículos al tema, detallando cada uno de los delitos relacionados con la administración pública”, expresó el doctor Julio César De la Rosa Tiburcio, presidente de ADOCCO.
Corrupción como concierto de delitos
La nueva normativa, que entrará en vigor en agosto de 2026, establece un marco más riguroso para sancionar a los funcionarios que incurran en actos de corrupción. Según ADOCCO, se deja atrás la visión de corrupción como un delito individual, para tipificarla como un “concierto de delitos”, incluyendo:
- Peculado
- Enriquecimiento ilícito
- Tráfico de influencias (activo y pasivo)
- Malversación de fondos
- Cohecho (activo y pasivo)
- Concusión
- Conflictos de intereses
- Tramitación ilegal de contratos
- Sobrevaluación y alteración de precios
- Obtención ilegal de beneficios económicos
- Pagos irregulares en contratos administrativos
Peculado de uso y sanciones más severas
Uno de los aspectos más innovadores del nuevo Código es la inclusión y tipificación del peculado de uso, una práctica común en la administración pública. Según el artículo 284, se sancionará con penas de 5 a 10 años de prisión mayor y multas de 10 a 20 salarios mínimos del sector público a cualquier funcionario que utilice bienes del Estado para beneficio personal o de terceros.
Prescripción de delitos: 20 años
El nuevo Código también amplía los plazos de prescripción para los delitos contra el patrimonio público. El Artículo 308 establece que estas infracciones prescriben en un período de 20 años, contados a partir de la comisión del hecho.
Para ADOCCO, esta disposición garantiza que los crímenes de corrupción no queden impunes por tecnicismos o por el paso del tiempo.
“Este Código no solo permitirá sancionar con mayor efectividad, sino que servirá también como una herramienta de prevención, al imponer consecuencias claras y contundentes para los actos indebidos en la función pública”, concluyó De la Rosa Tiburcio.