ACTUALIDADNACIONALES

Abinader designará a Arismendi Díaz Santana como coordinador de SeNaSa

Instruye crear comisión para fortalecer controles de esa institución e informa que otros reconocidos ciudadanos integrarán el nuevo órgano supervisor.

SANTO DOMINGO, R.D

El presidente de la República, Luis Abinader, instruyó al Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud (SENASA) para modificar el reglamento interno de esa institución y crear una Comisión Técnica de cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo, con el propósito de fortalecer los mecanismos de supervisión, control y administración del riesgo en dicha entidad.

De inmediato se informó que el mandatario designará en esa comisión a Arismendi Díaz Santana, quien la coordinará, así como a Pedro Ramírez Slaibe, Federico Lalane José, el magistrado Alexis Read (una vez concluya sus funciones en la Suprema Corte de Justicia) y Nora Elizabeth Sánchez Padilla, excoordinadora de Participación Ciudadana.

Para estos fines, el presidente Abinader instruyó al ministro de Salud Pública, Víctor Atallah, en su calidad de presidente del Consejo de SENASA, a convocar a dicho órgano —integrado además por el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, el Superintendente de Salud y Riesgos Laborales y el Director Ejecutivo del SENASA— a los fines de aprobar las modificaciones correspondientes al reglamento orgánico interno y presentar dichas propuestas ante el Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud.

El Poder Ejecutivo destaca que tanto la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, como el actual Reglamento Orgánico del SENASA, no prevén herramientas normativas suficientemente detalladas para garantizar un funcionamiento óptimo y un esquema robusto de rendición de cuentas.

Mientras se avanza en una propuesta de modificación integral de la Ley 87-01, las reformas reglamentarias instruidas por el presidente servirán como base para implementar mejoras inmediatas.

Las reformas

Entre los cambios que serán discutidos por el Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud figura la creación de la Comisión Técnica que asistirá y asesorará a dicho órgano, con la responsabilidad de monitorear, evaluar y emitir reportes periódicos sobre la situación operativa y financiera del SENASA.

Esta comisión funcionará como un equipo permanente de supervisión, que complementará las funciones del Consejo, cuyos miembros —por ley— poseen múltiples atribuciones y responsabilidades fuera del ámbito del SENASA.

Atribuciones de la Comisión Técnica

El proyecto establece que esta comisión tendría, entre otras funciones:

  • Emitir “no objeción” a los contratos cuya suscripción supere los RD$5,000,000.00 mensuales, monto que será indexado anualmente según la inflación del Banco Central. Esto incluye contratos administrativos y de provisión de servicios de salud con impacto financiero para el SENASA.
  • Recabar información, analizar y rendir reportes escritos periódicos al Consejo sobre:

a) Transacciones y operaciones financieras del SENASA.
b) Contrataciones de servicios realizadas o en proceso por la Dirección Ejecutiva.
c) Autorizaciones otorgadas en los diferentes regímenes de financiamiento (contributivo y subsidiado).
d) Reclamaciones recibidas en segunda instancia.
e) Modalidades de contratación y mecanismos de pago de servicios de salud.
f) Cumplimiento de compromisos financieros relacionados con autorizaciones y reembolsos a afiliados.
g) Disponibilidad bancaria, saldos, inversiones y cancelaciones.
h) Registro de contratos en el sistema de la Contraloría General de la República.

Asimismo, el presidente Abinader instruyó fortalecer la periodicidad y formalidad de las reuniones del Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud, garantizar la publicidad de actas, resoluciones y certificaciones, y asegurar que las operaciones contractuales cumplan estrictamente con la Ley de Compras y Contrataciones Públicas.

Plazo de implementación

El presidente Abinader ordenó al ministro de Salud Pública convocar al Consejo Nacional del Seguro Nacional de Salud en un plazo no mayor de 90 días, conforme al artículo 159 de la Ley 87-01 y los artículos 9 y siguientes del Reglamento Orgánico del SENASA.

En esa sesión deberá presentarse una propuesta de reforma integral del reglamento, con mejoras en:

  • Atribuciones
  • Organización interna
  • Régimen de responsabilidades
  • Funcionamiento
  • Reglas de convocatoria
  • Mecanismos de toma de decisiones

Con estas medidas, el Gobierno busca dotar al SENASA de una estructura más eficiente, transparente y sometida a controles permanentes.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba