Antonio Espaillat conocía las fallas estructurales de Jet Set desde 2014
Según Ministerio Público, la tragedia en la discoteca pudo haberse evitado y pide declarar caso como complejo

SANTO DOMINGO, R.D.
El Ministerio Público ha revelado que la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set pudo haberse evitado desde el año 2014, cuando ya existían informes técnicos que advertían sobre las debilidades estructurales del establecimiento.
Según la solicitud de medidas de coerción presentada ante la jurisdicción de Atención Permanente del Distrito Nacional, las autoridades responsabilizan directamente a los imputados Antonio Espaillat López y Maribel Espaillat de Veras, a quienes acusan de actuar con negligencia grave e irresponsabilidad criminal.
Falla estructural ignorada desde 2014
El expediente señala que en julio de 2014, el ingeniero José Manuel Hernández Coste fue contactado por el arquitecto Óscar Imbert para realizar pruebas no destructivas en concreto y acero, así como un levantamiento estructural en el edificio del Jet Set Club.
Sin embargo, el trabajo quedó inconcluso, con apenas un 10 % de avance, debido a la falta de seguimiento por parte de los responsables del establecimiento.
El informe indica que de haberse completado dicha evaluación, se habrían detectado las graves fallas en columnas, vigas, losas y techo, permitiendo tomar medidas preventivas que hubieran evitado la tragedia que dejó al menos 235 muertos.
Violaciones normativas y reparaciones informales
El Ministerio Público acusa a Antonio Espaillat de violar el reglamento R-021 del Reglamento General de Edificaciones (Decreto 576-06), que exige la obtención de licencia oficial para cualquier modificación estructural. Esta omisión resultó en trabajos no autorizados y carentes de supervisión técnica.
Además, la investigación reveló que desde al menos 2024 se presentaban filtraciones severas, desprendimientos de plafones y caída de escombros.
A pesar de múltiples reportes, las reparaciones eran realizadas de forma improvisada, por personal no calificado, entre ellos empleados internos y dos nacionales haitianos identificados como “Caballito” y “El Grande”.
Una de las soluciones implementadas, calificada por el Ministerio Público como “increíble e irresponsable”, fue la colocación de una lona entre el techo y los plafones para contener el agua de filtraciones, la cual era vaciada periódicamente. Esta medida precaria agravaba el deterioro de la estructura y evidenciaba la falta de mantenimiento profesional.
Medidas coercitivas y declaración de caso complejo
Dada la gravedad de los hechos, la Fiscalía solicitó al tribunal:
• Declarar el caso como proceso complejo, según lo establece el artículo 369 del Código Procesal Penal.
• Imponer prisión preventiva por 18 meses a Antonio Espaillat López, de acuerdo con el artículo 226, numeral 7 del CPP.
• Aplicar medidas de coerción a Maribel Espaillat de Veras, conforme a los numerales 1, 2 y 6 del mismo artículo, que incluyen:
Numeral 1: Presentación de garantía económica.
Numeral 2: Prohibición de salida del país sin autorización judicial.
Numeral 6: Arresto domiciliario.
El Ministerio Público sostiene que existen evidencias abundantes y contundentes de que los imputados actuaron con negligencia criminal, poniendo en riesgo vidas humanas al no atender las condiciones críticas de un lugar público de alta concurrencia
Vea: Solicitud de medida Antonio Espaillat y Maribel Espaillat de Veras