
Hago un llamado poderoso al Presidente Luis Abinader, en su calidad de Jefe de la Administración Pública y responsable último de la política de persecución del delito en la República Dominicana.
Circula una denuncia documentada sobre el fiscal Vladimir Lenin Viloria Ortega, de Santo Domingo, presuntamente involucrado en varios casos de extorsión, protección a delincuentes, recibo de soborno, y que andaría en un vehículo de un ciudadano confiscado o retenido irregularmente por la Policía Nacional, órgano auxiliar del Ministerio Público.
Ahora suena en otro escándalo: «protección y negligencia» en atender el caso de un joven atacado a batazos, con un bate, y que falleció. Caso que se suma al ya cuestionado caso de Emmanuel Contreras, donde familiares denunciaron obstáculos y falta de respuesta del mismo fiscal.

Este no es un hecho aislado. Pueblo por pueblo, con muy honrosas excepciones, los integrantes de ese órgano son cuestionados moral, profesional y hasta con vínculos políticos del pasado, enemigos del propio gobierno y de sus políticas públicas.
El problema es estructural y viene del zarandeado ex procurador Jean Alain Rodríguez, acusado de escandalosos actos ilegales y de corrupción, por los que está siendo juzgado. Pero sus frutos y vástagos están insertados en ese sistema corrupto, en el cuestionado y mal llamado Consejo del Ministerio Público, hecho a su imagen y semejanza. ¡Pobre RD!
¿Qué dice la ley al respecto?
1. Constitución, Artículo 128: El Presidente de la República es jefe del Estado, jefe del Gobierno y jefe de la Administración Pública.
2. Constitución, Artículo 138: Principio de responsabilidad de la Administración. Todo órgano bajo su dirección debe responder.
3. Constitución, Artículos 169 al 171: Definen al Ministerio Público como responsable de la política contra la criminalidad. El Art. 171 establece que el Procurador General es designado por el Presidente. Quien designa, responde políticamente.
4. Ley Orgánica 133-11 del Ministerio Público: Artículos 2 y 22, el Procurador dirige la política de persecución. Artículo 3, la Policía es auxiliar del MP.
5. Ley 107-13: Obliga a la Administración a actuar de oficio ante denuncias de esta naturaleza.
Presidente, la denuncia contra el fiscal Vladimir Lenin Viloria Ortega debe ser investigada por la Inspectoría del Ministerio Público y por la Procuradora General Yeni Berenice Reynoso.
¡Que se limpie la casa!



