OPINION

¡Se acabó el relajo para los atracadores!

El Nuevo Código Penal permitirá a ciudadanos defenderse sin responsabilidad penal

Por el Lic. César Amadeo Peralta
Abogado

La legítima defensa quedará reforzada a partir de agosto de 2026 y permitirá responder contra ladrones y asaltantes dentro de viviendas y durante robos violentos

La entrada en vigencia del nuevo Código Penal dominicano, contenido en la Ley 74-25 y prevista para el 6 de agosto de 2026, ha generado amplio debate nacional debido a los importantes cambios que introduce en materia criminal, penas y legítima defensa.

Uno de los aspectos que más respaldo ha recibido de la ciudadanía es el fortalecimiento del derecho de las personas a defenderse frente a atracos, robos y agresiones ilegales sin incurrir en responsabilidad penal, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la ley.

La nueva legislación incorpora disposiciones más claras sobre la legítima defensa en los artículos 18, 19 y 20, reconociendo el derecho de los ciudadanos a proteger su vida, la de terceros y sus propiedades frente a ataques actuales o inminentes.

El nuevo Código Penal también contempla aumentos significativos de penas, nuevos tipos penales, cúmulo de condenas y modalidades más estrictas de cumplimiento, lo que, según expertos, obligará incluso a ampliar la capacidad carcelaria del país.

¿Cuándo aplica la legítima defensa?

La normativa establece que no habrá responsabilidad penal cuando una persona actúe para rechazar una agresión actual, inminente e injustificada contra sí misma o contra terceros.

La ley permite que el ciudadano utilice cualquier medio razonable disponible para defenderse cuando:

  • Un delincuente intenta penetrar ilegalmente a una vivienda.
  • El agresor entra mediante violencia, fractura, engaño o forzando puertas y ventanas.
  • Se produce un robo con violencia.
  • El ladrón es sorprendido dentro de una casa habitada.
  • Se enfrenta un asalto en ejecución.

El artículo 18 establece:

“Se considerará legítima defensa el acto dirigido a rechazar de modo simultáneo y proporcional la agresión actual, inminente e injustificada que se ejecuta o está en curso de ejecutarse contra sí mismo o contra otra persona”.

La ley aclara además que la proporcionalidad se evaluará tomando en cuenta el bien jurídico protegido, es decir, la vida y seguridad de las víctimas.

El nuevo código endurece las penas

El jurista César Amadeo Peralta explicó que el nuevo marco legal representa uno de los cambios penales más severos en décadas y afectará directamente a quienes anteriormente lograban evadir consecuencias judiciales.

“El nuevo Código Penal le dará muy duro a quienes se involucren en delitos. Las penas serán mucho más severas y posiblemente será necesario construir nuevas cárceles porque las actuales no tendrán capacidad suficiente”, sostuvo.

El abogado recordó que bajo el antiguo sistema muchas víctimas terminaban enfrentando procesos judiciales incluso después de defenderse de delincuentes armados dentro de sus propias viviendas.

“A partir de agosto de 2026, defenderse de un asalto será un derecho claramente reconocido por la ley”, afirmó.

El estado de necesidad también exime responsabilidad

El artículo 20 del nuevo Código Penal contempla además el “estado de necesidad”, figura que exime de responsabilidad penal a quien actúe para evitar un peligro actual o inminente, siempre que:

  • El peligro no haya sido provocado intencionalmente.
  • El daño causado no sea mayor que el que se busca evitar.
  • No exista otro medio menos perjudicial.
  • La persona no tenga obligación profesional de asumir el riesgo.

El nuevo Código Penal entrará oficialmente en vigencia el 6 de agosto de 2026 y marcará una transformación profunda del sistema penal dominicano.

 

Nota: El autor es el Lic. César Amadeo Peralta, abogado especializado en crímenes y delitos económicos, financieros, lavado de activos, falsificaciones, mercado de valores, criptomonedas y delitos tecnológicos.

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