CARD advierte artículo 310 del nuevo Código Penal atenta contra el derecho de defensa
Trajano Potentini califica la disposición de “abiertamente inconstitucional” y convoca a una jornada nacional de defensa de la abogacía, con recursos judiciales, gestiones ante el Senado y movilizaciones pacíficas.

Anuncia acciones ante el TC
SANTO DOMINGO, R.D.
El presidente del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), Trajano Potentini, rechazó de manera categórica la nueva redacción del artículo 310 del proyecto de Código Penal, que ya fue aprobado por la Cámara de Diputados, al considerar que constituye una disposición «abiertamente inconstitucional, ilegal e inaceptable».
Entiende que ese artículo constituye una amenaza contra el ejercicio de la abogacía, restringe el derecho de defensa y vulnera garantías esenciales del Estado social y democrático de derecho.
Durante una declaración pública, Potentini sostuvo que la nueva tipificación del denominado delito de ultraje en el ámbito jurisdiccional incorpora conceptos jurídicos abiertos, ambiguos e indeterminados que podrían criminalizar actuaciones propias del ejercicio profesional de los abogados, generando un efecto intimidatorio incompatible con los principios constitucionales del debido proceso, la tutela judicial efectiva y la independencia de la defensa técnica.
El artículo cuestionado
El dirigente gremial citó el contenido del artículo aprobado, el cual establece:
«Artículo 310. Ultraje en el ámbito jurisdiccional. Constituye ultraje en el ámbito jurisdiccional el hecho de pronunciar expresiones ofensivas, intimidatorias o amenazantes, enviar escritos, mensajes, imágenes u objetos, o realizar gestos o actos de igual naturaleza dirigidos contra un juez, secretario judicial, representante del Ministerio Público, alguacil, intérprete o perito judicial, con ocasión o en razón del ejercicio de sus funciones, cuando tales actuaciones sean idóneas para menoscabar gravemente la dignidad de la función de impartir justicia o perturbar el normal desenvolvimiento del proceso judicial. Esta conducta será sancionada con penas de quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.»
A juicio del CARD, la redacción plantea un escenario de inseguridad jurídica que podría generar temor entre los profesionales del derecho al momento de ejercer la defensa de sus clientes.
«Tipo penal abierto»
Potentini recordó que el debate original sobre el artículo 310 se concentró en la protección reforzada de determinados funcionarios públicos frente a expresiones ofensivas. Sin embargo, afirmó que la versión finalmente aprobada amplía considerablemente su alcance al ámbito jurisdiccional, incluyendo como posibles conductas punibles expresiones verbales, escritos, mensajes electrónicos, gestos e incluso actuaciones realizadas fuera de la sala de audiencias.
Sostuvo que la disposición vulnera los principios de legalidad penal, taxatividad, seguridad jurídica, libertad de expresión y derecho de defensa, al crear un tipo penal abierto susceptible de interpretaciones arbitrarias.
Asimismo, advirtió que la norma otorga una protección especial a jueces, fiscales, secretarios judiciales, alguaciles y peritos, mientras coloca a los abogados en una posición de vulnerabilidad durante el ejercicio de su labor profesional.
Podría inhibir la defensa
El presidente del CARD alertó que la disposición podría inhibir o incluso criminalizar actuaciones procesales legítimas, como recusaciones, incidentes, objeciones e impugnaciones, ante el riesgo de que dichas acciones sean interpretadas como expresiones ofensivas, intimidatorias o constitutivas del delito de ultraje.
Alegan violaciones constitucionales
Potentini aseguró que el artículo 310 vulnera los artículos 39, 40 numeral 15, 49, 69 y 74 de la Constitución de la República; el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; así como criterios establecidos por el Tribunal Constitucional en las sentencias TC/0075/16, TC/0092/19 y TC/0348/19, además de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Kimel vs. Argentina.
«Un Frankenstein legislativo»
El gremio calificó el texto como un «Frankenstein legislativo», al considerar que el proyecto originalmente se inspiraba en modelos comparados, pero fue desnaturalizado durante el proceso legislativo.
También criticó que las observaciones formuladas por el Colegio de Abogados y otros sectores especializados no fueran acogidas durante la discusión congresual.
Acciones legales y protestas
Como respuesta institucional, el CARD informó que fue declarado en sesión permanente y anunció la convocatoria inmediata de su Junta Directiva Nacional, los presidentes seccionales, el Consejo de Expresidentes y representantes del liderazgo jurídico nacional para coordinar una estrategia conjunta en defensa del ejercicio profesional.
Entre las acciones anunciadas figuran:
- La interposición de una acción directa de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
- Jornadas nacionales de orientación jurídica.
- Gestiones institucionales ante el Senado de la República.
- Movilizaciones pacíficas en defensa del derecho de defensa y del Estado de Derecho.
Llamado al presidente
Finalmente, Potentini exhortó al presidente Luis Abinader a revisar el contenido de la reforma antes de su promulgación y evitar que una disposición de esta naturaleza, según afirmó, afecte las garantías constitucionales y el legado institucional de las reformas impulsadas durante su gestión.



