¡Cógelo, Picante!: ¿Quién manda en la Policía, el Presidente o el “poder paralelo”?

Si el director prometió obedecer el mandato del Presidente, ¿quién explica entonces los “intercambios”, los policías asignados y las decisiones que contradicen la Ley 590-16?
Buenos días…
La Policía parece estar ejecutando a la perfección su particular interpretación del artículo 37 de la Constitución.
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Mientras se habla de reforma policial, disciplina y respeto a los derechos ciudadanos, a lo interno de la institución circula un chiste que, por lo macabro, no tiene nada de gracioso.
A cada supuesto delincuente que se pone en 29 termina, según esa versión, se le aplica el artículo 37.
¿Y cuál es ese “artículo 37” para algunos policías? ¡Oh! Sencillo: siete pies de largo y tres debajo de la tierra.
¡Y que nadie pregunte demasiado! Eso sí, ese artículo 37 no se estudia en la academia, no aparece en ningún código y no contempla juez, fiscal ni debido proceso. Solo lo aplica la Policía.
Y aquí viene lo picante. En la Policía, al parecer, algunos están interpretando la Constitución como aquel viejo poder que decía que era apenas un pedazo de papel.
Si el director de la Policía Nacional, al asumir su cargo, dijo que cumpliría los mandatos del presidente Luis Abinader, entonces surge una pregunta que no necesita uniforme ni placa para formularse: ¿los “intercambios” son mandatos presidenciales o mandatos policiales?
Porque si son mandatos policiales, alguien tendría que explicarlo. Y si son mandatos presidenciales, también.
El nuevo proyecto de reforma a la Policía Nacional introduce cambios de fondo que rompen con prácticas históricas, como la eliminación del “policía prestado”, la creación de dos subdirecciones —una abierta a civiles— y la salida de Asuntos Internos de la cadena de mando policial.
Una de las medidas más controvertidas de la reforma policial es la prohibición de que agentes sean asignados a instituciones públicas o empresas privadas, salvo excepciones estrictamente reguladas y con pago completo del servicio.
El proyecto también impone un régimen más riguroso para el uso de la fuerza, que obliga a reportar al Ministerio Público los daños ocasionados y establece parámetros más cerrados de proporcionalidad.
Los legisladores esperan que la pieza garantice disciplina policial y respeto ciudadano.
¡Pero, señores, bajen de esa nube! La Ley 590-16 ya establece restricciones sobre esas prácticas y, como quiera, se han seguido produciendo asignaciones de agentes a funcionarios, empresarios, políticos y otras personas.
El artículo 153, numerales 9, 20, 21 y 24, de la Ley 590-16 establece prohibiciones e incompatibilidades para los miembros de la Policía Nacional.
Entonces, la pregunta es sencilla: ¿para qué tanta reforma si algunas disposiciones de la ley vigente ni siquiera se cumplen?
¡Mándelos a estudiar la 590-16, señores! Porque no se puede vender como novedad lo que ya está escrito en la ley y, al mismo tiempo, dejar la ley cogiendo polvo.
Y ojo… A lo interno de la propia Policía se comenta que la institución se habría convertido en una especie de “franquicia”, dirigida, según esas versiones, por un pariente muy cercano al presidente de la República.
Se afirma, además, que ese personaje sería quien “pone y dispone”. Que empresarios tendrían influencia en determinadas áreas administrativas, mientras el director policial desempeñaría una especie de función estrictamente operacional. ¿Y esos son mandatos presidenciales?
Pero aquí viene lo más delicado. También circula la versión de que algunos mandatos que supuestamente se atribuyen al Poder Ejecutivo realmente provendrían de ese entorno cercano al poder.
Incluso se menciona que dicho personaje sería asesorado por un dirigente oficialista que actualmente desempeña funciones consulares.
¡Alto ahí! Eso no puede quedarse en chisme de pasillo. Si existe alguna verdad detrás de esas versiones, que se investigue. Y si son falsas, que se desmientan con pruebas.
Porque en una institución armada y jerarquizada no puede existir un poder paralelo al establecido por la Constitución y las leyes.
Lo que ha advertido el jurista Carlos Balcácer sobre la necesidad de enfrentar los abusos, atropellos y la omnipotencia del poder frente al ciudadano merece ser tomado en cuenta.
El Estado tiene autoridad, sí, pero esa autoridad tiene límites constitucionales y legales.
Y Balcácer no es un abogado cualquiera: es un maestro de maestros, un zorro jurídico que conoce perfectamente los caminos, los vericuetos y las trampas del derecho.
La Policía necesita reforma, sí. Pero antes de inventar más leyes, habría que comenzar por algo mucho más sencillo: cumplir las que ya existen.
Porque una Policía fuerte no es la que dispara más. Es la que cumple la ley, respeta la vida y no necesita esconderse detrás de ningún “intercambio” para demostrar autoridad.
Al que le pique, que se rasque…



